Presentación del Dr. Héctor Sauret
“Una perspectiva entrerriana sobre la región centro a tres décadas de su creación (1998-2024)”.
El río Uruguay, como frontera oriental de la región centro.
1- Agradecimiento por la invitación Agradezco a la mesa ejecutiva de la región centro haberme invitado para participar de este segundo debate federal donde se nos convoca para reflexionar sobre el rol protagónico asumido por las provincias de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos al haber creado la región centro fortaleciendo el federalismo del país, afianzando nuestra integración en la Cuenca del Plata y proyectando nuestra región hacia el Océano Pacífico y hacia el Océano Atlántico.
2- Creación y desarrollo de la región centro. Una perspectiva entrerriana desde la costa del río Uruguay. El río Uruguay como frontera oriental de la región. La creación de la región centro por los gobiernos de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos mediante el tratado de integración regional del 15 de agosto de 1998 y el acta de adhesión de la provincia de Entre Ríos del 6 de abril de 1999, constituye una obra trascendental para impulsar la integración y el desarrollo económico social de nuestras provincias impulsando su proyección internacional como actores dinámicos del comercio exterior y las relaciones de paz y colaboración con el resto del mundo.
Una visión geopolítica de la región centro define a la costa entrerriana sobre el río Uruguay como su frontera oriental, proyectándola a la República Oriental del Uruguay y al sur del Brasil, procesos impulsados por tratados internacionales que vinculan la República Argentina asociándola en el desarrollo, cuidado y promoción del río Uruguay con la República Oriental, generando la creación de Comisión Administradora del río Uruguay- CARU, e impulsando las articulaciones de los gobiernos municipales entrerrianos ribereños con sus pares las intendencias de la República Oriental y las prefecturas del sur de Brasil en el ámbito del Comité para el desarrollo de la cuenca del río Uruguay, donde hoy se definen los lineamientos más avanzados de la gobernanza de un río plurinacional.
3- Marco constitucional: art. 107 de la Constitución Nacional de 1853, art. 124 y 125 de la Constitución Nacional de 1994.
Las acciones de colaboración entre las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba que culminan en 1998 con la firma del tratado interprovincial creador de la región centro, nos indican que fueron desafíos del desarrollo económico social los qué condujeron a convenios y tratados que hoy deben ser puestos en valor en este segundo debate federal de la región centro. En primer lugar, deseo traer a vuestra consideración el tratado interprovincial de cooperación suscripto por las provincias de Santa Fe y Entre Ríos el 15 de junio de 1960 para la construcción del túnel subfluvial Hernandarias, que vincularía a las ciudades capitales de Paraná y Santa Fe.
La inauguración de esta obra monumental el 15 de diciembre de 1969, dio origen años más tarde, a la declaración de Cayastá del 15 de noviembre de 1973 suscripta por los gobernadores Carlos Silvestre Begnis de Santa Fe, Obregón Cano de Córdoba y Enrique Tomás Cresto de Entre Ríos, auspiciando la creación de un acuerdo marco de desarrollo regional de las tres provincias; más adelante recordamos la declaración del Fortín del 9 de mayo de 1998, suscripta por los gobernadores Ramón Mestre de Córdoba y Jorge Obeid de Santa Fe, ratificando los propósitos anteriores. Esta línea de acuerdos culmina el 15 de agosto de 1998 con el ya citado “Tratado de integración regional de la región centro” con la posterior adhesión de nuestra provincia realizada por el gobernador Jorge Busti el 6 de abril de 1999.
Las acciones aquí mencionadas se encuadraron en los preceptos constitucionales del art. 107 de la Constitución histórica de 1853-60 que preveía tratados interprovinciales parciales en función de los intereses de justicia, desarrollo económico social, infraestructura, radicación de capitales extranjeros y tecnologías, exploración de ríos y canales de navegación, acordes con las exigencias del desarrollo de la región y del país. Este marco constitucional ha sido modernizado por la reforma de 1994, con los art. 124 y 125 (CN) que reconoce el derecho de las provincias a crear regiones incluyendo convenios internacionales que sean compatibles con la política exterior de la Nación, no afecten facultades delegadas al gobierno nacional y se pongan en conocimiento al Congreso de la Nación.
4- Reflexiones ante el desarrollo desigual de la Nación, de sus provincias y regiones. Igualdad de oportunidades. El rol del Senado de la Nación. Acciones a seguir.
La Constitución Nacional reconoce la existencia de un desarrollo desigual de nuestras provincias y regiones y le asigna al Congreso de la Nación entre sus atribuciones la de promover políticas diferenciadoras que tiendan a estimular las acciones de mejoramiento en la matriz productiva y social garantizando así la igualdad de oportunidades para el conjunto de los pueblos de la Nación disponiendo que el Senado sea la cámara de origen de estas acciones (Inc. 19 del art 75 de la CN).
El principio de desarrollo desigual de las provincias y las regiones se da también al interior de la región centro y siempre es oportuno reflexionar sobre esta cuestión atendiendo a la definición de las nuevas metas que nuestros gobiernos constitucionales deberán impulsar en los marcos del tratado de 1998 y en las acciones que estos debates permitan recomendar para la prosperidad y felicidad de nuestros pueblos.
Perfiles económico social de Córdoba, Santa Fe y Entre RíosSi bien el conglomerado de la región centro ha permitido potenciar su incidencia en el comercio exterior del país en el orden del 40% del total de las exportaciones argentinas, no es menos cierto que la potencialidad exportable de Córdoba y Santa Fe y el valor agregado promedio de esas exportaciones con énfasis en la manufactura industrial y de los servicios tecnológicos, marca una considerable asimetría con elvolumen y calidad de los productos exportables por Entre Ríos. En este sentido las acciones de colaboración entre las provincias será necesario reorientarlas para impulsar mayores inversiones industriales y tecnológicas hacia Entre Ríos cuyaproyección en la Cuenca internacional del río Uruguay, la potencia como un mercado articulador con el sur del Brasil y la República Oriental, estratégico para el desarrollo del país y de la región. El congreso de la Nación en el último semestre sancionó la Ley de Bases y Puntos de
Partida para la libertad de los argentinos n° 27.742/24, donde se incluye el Régimen de Incentivos para Grandes inversiones reglamentado por el DECTO 749/2024; la provincia de Entre Ríos adhiere al “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI), en los términos y con los alcances establecidos en el Título VII (artículos 164° al 228°) de la Ley Nacional Nº 27.742; creando el Régimen de Incentivo a las Nuevas Inversiones (RINI).
5- Conclusiones
Atendiendo a las fortalezas alcanzadas por el desarrollo de la región centro y a la necesidad de superar las debilidades subregionales que hemos apuntado, es importante reorientar el presente debate a posibles recomendaciones para que nuestros gobiernos y los legisladores nacionales de nuestras provincias, den cumplimiento a mandatos constitucionales pendientes de ejecución. En ese orden de cosas destaco la urgencia de:
1- Que el Honorable Congreso de la Nación actualice mediante una ley convenio el régimen de coparticipación impositiva federal (ver Inc. 2 del Art. 75- CNReforma 94 y cumplimiento de la cláusula transitoria 6° pendiente de ejecución desde diciembre de 1996).
2- Sancionar una legislación nacional que establezca la coparticipación de las retenciones a las exportaciones.
3- Implementar el Pacto de Mayo- punto 6° sobre coparticipaciones suscripto por los gobernadores de Córdoba, Santa Fe y Entre Ríos con el Presidente de la Nación y advertir la creciente complementariedad de la región centro con la creación de la Región Litoral, con la firma del Tratado de Integración Regional en la ciudad de Santa Fe el día 16 de octubre de 2024.
4- Implementación de la ley nacional 27.742/24 y la legislación provincial complementaria sobre régimen de incentivo para grandes inversiones (RIGI) y su similar provincial (RINI)
ANEXO
Oferta exportable de la región centro. Perfiles por provincia
1- La región centro exporta un conjunto de bienes y servicios que pueden consolidarse en los siguientes rubros:
- Combustibles y energía
- Manufacturas agropecuarias
- Manufacturas industriales
- Productos primarios
2- Habiendo ese consolidado distinguimos:
- Automóviles y maquinaria agrícolas
- Componentes electrónicos
- Alimentos procesados
- Vinos
- Cereales y oleaginosas
- Minerales
- Producción de software
3- Córdoba y Santa Fe lideran las exportaciones de manufacturas industriales de componentes electrónicos y de producción de software. Entre Ríos lidera exportaciones aviar y agroindustrial, incluyendo vacunas y producciones farmacéuticas para la contención de la sanidad aviar.